19 de septiembre del 2024

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20 mar. 2020

CUARENTENA TOTAL: LA CADENA AGROPECUARIA ESTÁ EXCEPTUADA

Para no desabastecer a los argentinos durante la cuarentena, el DNU que establece el

Para no desabastecer a los argentinos durante la cuarentena, el DNU que establece el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", exceptúa en su sexto artículo a las “actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”

La medida es dispuesta por el Decreto 297/2020 (ver decreto) publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial, de acuerdo con lo anunciado anoche por Alberto Fernández, tras una reunión que mantuvo con los gobernadores en la Residencia de Olivos.

La obligación de permanecer en las residencias habituales y de abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo, como así también la prohibición para el desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos a fin de "prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19" regirá durante doce días, de acuerdo con la norma, que prevé severas sanciones, contempladas en el Código Penal, para quienes infrinjan las restricciones.

La producción agropecuaria, por su parte, se encuentra exenta de la medida, aunque podrá realizarse tomando todos los recaudos necesarios. Cada provincia está en este momento reglamentando las condiciones para la aplicación de esa exención. En la provincia de Córdoba, por ejemplo, los responsables de cada granja deberán llenar una Declaración Jurada (emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería de esa provincia) para presentar ante las autoridades cada vez que lo requieran, en las rutas o ciudades por donde se circule.


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