15 dic. 2017
EXTIENDEN A LOS FRIGORÍFICOS PORCINOS LA OBLIGACIÓN DEL PAGO A CUENTA DEL IVA
Como los de carne vacuna, sólo podrán faenar si cumplen con ese requisito
Como los de carne vacuna, sólo podrán faenar si cumplen con ese requisito
Como los de carne vacuna, sólo podrán faenar si cumplen con ese requisito
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los frigoríficos faenadores de carne porcina deberán ingresar un pago a cuenta del IVA como requisito para obtener la autorización del Ministerio de Agroindustria de la Nación para la faena de animales.
La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial por medio de la Resolución General N° 4168, se integra a la establecida en marzo pasado, que fijó el mismo mecanismo para los frigoríficos faenadores de carne vacuna.
No se habilitará la faena a quienes no cumplan con esta obligación.
Fuente: La Nación
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